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    Laboral•25 de enero de 2026

    El permiso remunerado por muerte de una mascota en Colombia: entre la justicia laboral y el reconocimiento de la familia multiespecie

    La Corte Suprema reconoce el permiso remunerado por muerte de mascota como derecho laboral, integrando el concepto de familia multiespecie en Colombia.

    Por Sala Jurídica
    El permiso remunerado por muerte de una mascota en Colombia: entre la justicia laboral y el reconocimiento de la familia multiespecie - Artículo de Laboral en Sala Jurídica

    Durante décadas, el Derecho Laboral colombiano ha concebido la licencia por luto como un beneficio dirigido exclusivamente a la protección de los vínculos familiares tradicionales. Sin embargo, la transformación progresiva del concepto de familia, evidenciada en la consolidación de las llamadas familias multiespecie, ha generado nuevos desafíos interpretativos para los operadores jurídicos. En este contexto, la reciente decisión de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, contenida en la Sentencia SL2375/2025, marca un punto de inflexión al reconocer la procedencia del permiso remunerado por la muerte de una mascota. Este fallo no surge en el vacío. Se inscribe en una tendencia jurisprudencial que reconoce que los animales de compañía no son meros objetos patrimoniales, sino integrantes relevantes del entorno afectivo de los trabajadores. En consecuencia, su pérdida genera un impacto emocional susceptible de protección jurídica. 1. La licencia por luto en el ordenamiento laboral En Colombia la licencia por luto otorga cinco días hábiles al trabajador por el fallecimiento del cónyuge, compañero permanente o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil. Asimismo, se indica que, conforme a la Ley 1280 de 2009, este permiso es remunerado y exige la presentación de documentos justificativos dentro de los treinta días siguientes al hecho. Igualmente, se señala que la jurisprudencia constitucional ha sostenido el carácter obligatorio de estas autorizaciones, precisando que no pueden ser descontadas del salario ni compensadas con tiempo adicional de trabajo. No obstante, durante años, este régimen fue aplicado exclusivamente a relaciones humanas, dejando por fuera los vínculos afectivos con animales de compañía, a pesar de su creciente importancia social. 2. La decisión de la Corte Suprema: función creadora del arbitraje laboral La Sentencia SL2375/2025 analizó la validez de una cláusula convencional que otorgaba permiso remunerado por la muerte de una mascota. Dicha cláusula había sido pactada entre un sindicato y una empresa en el marco de un conflicto colectivo. La empresa pretendía suprimir este beneficio, argumentando un exceso en la competencia arbitral. Sin embargo, la Corte Suprema respaldó el pacto y afirmó que los árbitros no se limitan a resolver aspectos monetarios, sino que ejercen una función “jurisgénica”, es decir, creadora de derechos. En palabras atribuidas al magistrado Luis Benedicto Herrera, resulta “entendible que su pérdida produzca una situación emocional a la familia”. Esta afirmación constituye el eje argumentativo de la decisión: el derecho laboral debe atender no solo a la productividad, sino al bienestar integral del trabajador. De esta manera, el alto tribunal validó la ampliación del concepto de luto laboral, integrándolo a las nuevas realidades familiares. 3. La familia multiespecie y su impacto jurídico El reconocimiento del permiso por muerte de mascota se articula con los desarrollos del Derecho de Familia. Allí se destaca que la familia contemporánea se construye no solo a partir de vínculos jurídicos y biológicos, sino también afectivos, dando lugar a familias diversas, de crianza y multiespecie. Asimismo, se mencionan decisiones judiciales en las que se reconoce a los animales como seres sintientes y miembros de la familia, como el caso de Simona, resuelto por el Tribunal Superior de Bogotá, o el caso de Clifor. Estos precedentes evidencian que el Derecho colombiano ha comenzado a privilegiar el interés superior del animal y su inserción en estructuras familiares no tradicionales. En este contexto, negar la relevancia jurídica del duelo por la muerte de una mascota resultaría contradictorio con esta evolución. La decisión laboral se alinea, entonces, con una comprensión ampliada de la familia como espacio de realización afectiva y proyecto de vida. 4. Requisitos para acceder al permiso por muerte de mascota Aunque el fallo responde a un caso concreto, el texto suministrado permite identificar ciertos requisitos mínimos para acceder al permiso: 1. Inscripción previa de la mascota ante la empresa. Este requisito busca acreditar la existencia del vínculo y evitar solicitudes fraudulentas. 2. Comunicación oportuna al empleador. El trabajador debe informar verbal o por escrito la razón de su ausencia. 3. Certificación veterinaria. Debe presentarse un documento que acredite el fallecimiento del animal y que este haya permanecido con el trabajador por un mínimo de seis meses. Estos elementos permiten dotar al beneficio de objetividad y control, garantizando su aplicación razonable. 5. Naturaleza jurídica del permiso A partir de los pronunciamientos recientes, el permiso por muerte de mascota conserva las características esenciales de la licencia por luto tradicional: • Es remunerado. • No afecta el salario. • Se cuenta en días hábiles. • No puede ser compensado con reposición del tiempo. Su fundamento no radica en la equiparación del animal a un hijo o familiar humano, sino en el reconocimiento del impacto emocional derivado de su pérdida y en la protección del entorno psicosocial del trabajador. 6. Proyección y retos futuros La Sentencia SL2375/2025 no crea una obligación general automática para todos los empleadores. Sin embargo, constituye un precedente relevante que puede impulsar: • La incorporación voluntaria del beneficio en reglamentos internos. • Su negociación en convenciones colectivas. • El desarrollo de nuevas reclamaciones judiciales. Asimismo, plantea el reto de construir criterios uniformes que armonicen la protección al trabajador con la seguridad jurídica empresarial.

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